Factura reclamada o rechazada: qué significa y qué pasa con el factoring

Avianti ·

Que una factura esté reclamada (lo que muchos llaman rechazada) significa que tu cliente objetó su contenido o la falta total o parcial de lo vendido dentro de los 8 días corridos que le da la Ley 19.983. Una factura reclamada no tiene mérito ejecutivo y el registro del SII rechaza su cesión, así que no se puede anticipar con factoring: lo que corresponde es emitir una nota de crédito y, si procede, una factura nueva.

Reclamar o rechazar: es lo mismo

En el lenguaje diario se habla de facturas rechazadas, pero la Ley 19.983 y el SII hablan de reclamo. En la factura electrónica, tu cliente responde en el Registro de Aceptación o Reclamo de un DTE del SII, y lo que ahí marque determina si la factura queda firme o no.

Las respuestas que puede dar tu cliente

Respuesta del deudorQué significa
Aceptación del documentoAcepta la factura. Ya no puede reclamarla después, pero no equivale al recibo de mercaderías.
Recibo de mercaderías o serviciosAcredita que recibió lo vendido. Es el acuse de recibo que pide la Ley 19.983.
Reclamo al contenidoObjeta lo que dice la factura: por ejemplo, el precio, las cantidades o los datos.
Reclamo por falta parcialDice que recibió sólo parte de las mercaderías o servicios.
Reclamo por falta totalDice que no recibió las mercaderías o servicios.

Fuera del registro electrónico, la ley también permite reclamar devolviendo la factura y la guía de despacho al momento de la entrega.

El plazo: 8 días corridos

Tu cliente tiene 8 días corridos para reclamar. En la factura electrónica, el SII los cuenta desde que el documento es recibido por el SII: si llegó el 1 de enero a las 20:00, el plazo vence el 9 de enero a las 23:59.

  • Si tu cliente acepta la factura dentro del plazo, ya no puede reclamarla: un reclamo posterior no tiene efecto.
  • Si no la acepta ni la reclama dentro del plazo, la factura se tiene por irrevocablemente aceptada y se presume que lo vendido se entregó. El SII registra un acuse de recibo automático.
  • Si la reclama dentro del plazo, la factura queda reclamada: pierde el mérito ejecutivo y no se puede ceder.

Qué pasa cuando te reclaman una factura

  • Tu cliente no puede usar el IVA crédito fiscal de esa factura, y queda en la sección Reclamados de su Registro de Compras.
  • Según el SII, tú como emisor debes emitir una nota de crédito asociada a la factura reclamada y, si corresponde, una nueva factura por la operación.
  • La factura pierde el mérito ejecutivo: la ley exige que no haya sido reclamada para poder cobrarla por la vía ejecutiva.
  • No se puede ceder: el registro de cesiones del SII rechaza las anotaciones de cesión que se intenten después del reclamo.

Qué pasa con el factoring de esa factura

Una factura reclamada no se puede anticipar con factoring, porque no se puede ceder en el SII. Lo mismo ocurre si emites una nota de crédito de anulación: el registro rechaza la cesión de esa factura. Si el reclamo se debió a un error de datos o de montos, la salida es corregirlo con la nota de crédito y emitir una factura nueva, que tendrá su propio plazo de 8 días.

Al revés, una factura irrevocablemente aceptada protege a quien la compra: la Ley 19.983 establece que al cesionario no se le pueden oponer las excepciones personales que el deudor tenía contra el emisor, ni las fundadas en la falta de entrega, ni las notas de crédito o débito emitidas sobre esa factura. Por eso, en un factoring, el estado de aceptación de la factura es una de las primeras cosas que se revisan. En Avianti tu ejecutivo te confirma qué facturas se pueden anticipar y en qué momento.

El acuse de recibo es obligación de tu cliente

La Ley 19.983 obliga al comprador a dar el recibo de las mercaderías al momento de la entrega o, en servicios, al recibir la factura. También prohíbe cualquier acuerdo que limite la libre circulación de la factura y que se retenga la copia cedible o no se entregue el recibo. En esos casos, el juzgado de policía local puede fijar una indemnización de entre dos y cinco veces el valor de las facturas afectadas.

Si la factura no fue reclamada pero no te pagan

Una factura que tu cliente aceptó, o que pasó los 8 días sin reclamo, es otra cosa: es una deuda firme. La Ley 19.983 fija un plazo máximo de pago de 30 días corridos desde la recepción de la factura, salvo acuerdos excepcionales que cumplan los requisitos legales, y si la factura no indica plazo se entiende que es de 30 días. Si tu cliente no paga a tiempo cae en mora: corre un interés legal desde el primer día de atraso y debe pagar además una comisión fija equivalente al 1% del saldo adeudado. Y como la factura conserva su mérito ejecutivo, puedes cobrarla por la vía ejecutiva dentro del año siguiente a su vencimiento.

Cómo reducir el riesgo de reclamos

  • Revisa antes de emitir el RUT, la razón social, los precios y las cantidades.
  • Acuerda por escrito con tu cliente el plazo de pago y el detalle de lo que entregas.
  • Pide el acuse de recibo al entregar, en la factura o en la guía de despacho.
  • Revisa en el SII el estado de tus facturas durante los 8 días siguientes a emitirlas, para corregir a tiempo si hay un problema.

Preguntas frecuentes

¿Qué significa que me reclamen una factura?

Que tu cliente objetó su contenido o la entrega de lo vendido dentro de los 8 días corridos que le da la Ley 19.983. La factura reclamada no tiene mérito ejecutivo ni se puede ceder.

¿Cuánto plazo tiene mi cliente para rechazar una factura?

8 días corridos, que en la factura electrónica se cuentan desde que el SII recibe el documento.

¿Puedo hacer factoring con una factura reclamada?

No. El registro de cesiones del SII rechaza la cesión de una factura después de que fue reclamada.

¿Qué hago si me reclamaron una factura?

Según el SII, emites una nota de crédito asociada a la factura reclamada y, si corresponde, una nueva factura por la operación.

¿Mi cliente puede reclamar una factura que ya aceptó?

No. Si la aceptó dentro del plazo de 8 días, un reclamo posterior no tiene efecto.

Fuentes

Otras guías

Contenido informativo; no constituye asesoría tributaria ni legal.

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